LOCAL COMERCIAL EN AVD. VIRGEN DE LA PALMA DE ALGECIRAS - ZONA SUBIDA CENTRO COMERCIAL - Algeciras
ALG2507
- 244m2Superficie
Presentamos esta excelente oportunidad de adquirir una vivienda en una de las zonas con mayor encanto y demanda de Cádiz, a escasos pasos del Mercado Central de Abastos y de la playa de la Caleta. La vivienda cuenta con dos dormitorios, un acogedor salón, cocina independiente totalmente renovada, baño reformado y un práctico trastero que aporta un valioso espacio adicional de almacenamiento. Su ubicación privilegiada permite disfrutar plenamente del auténtico estilo de vida gaditano, rodeado de historia, cultura, comercios, servicios, una reconocida oferta gastronómica y la cercanía del mar, todo ello a pocos minutos a pie. Aunque se trata de una vivienda en planta baja, se aleja por completo del concepto tradicional de bajo. El patio interior situado en un nivel inferior aporta una sensación de amplitud, y desahogo poco habitual en la zona. Un bajo con alma de primera planta: una vivienda que combina la comodidad de un acceso directo y sin barreras arquitectónicas con la sensación de independencia y confort que buscan los compradores más exigentes. Por su excelente estado de conservación, su ubicación estratégica y sus características diferenciales, esta propiedad constituye una magnífica opción tanto como vivienda habitual o segunda residencia, como para quienes buscan una inversión segura en una de las zonas con mayor demanda de Cádiz. **Periodo de validez de la publicación 31/12/2026. **Honorarios de agencia: 3% más IVA (21%) del precio de compraventa. Se hace constar que la agencia efectúa una labor de intermediación, y que las condiciones finales de la compraventa quedan sujetas a la aceptación expresa de la parte vendedora y formalización del contrato de compraventa. Gastos aproximados de comprador en concepto de Aranceles notariales y Registro de la Propiedad: 900 € - 1.500 €, variables según operación (Real Decreto 1426/1989 y Real Decreto 1427/1989). Operación sujeta a I. T. P. (7%) (Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía). *Estimación tipos generales de gastos de compra según ley. Todos los porcentajes son aplicables sobre precio de compraventa del inmueble o valor de referencia catastral. Gastos particulares de financiación por cuenta de comprador no incluidos. Consulte con nosotros si tiene bonificaciones en su caso concreto, estaremos encantados de asesorarle con todo detalle.
11002 Cadiz(Cadiz)
NOTA INFORMATIVA SOBRE LOS GASTOS E IMPUESTOS DE LOS PRECIOS EXPUESTOS EN ESTA WEB EN LAS OFERTAS DE INMUEBLES DE SEGUNDA MANO A LA VENTA
Salvo las operaciones de compra de viviendas de obra nueva que están sujetas al 10% de IVA, las de segunda mano están sujetas a ITP, cuyo tipo general es del 7% respecto al precio de venta, pero en casos especiales se puede ver reducido al 6% o 3,5% en virtud de lo dispuesto en la Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía junto con modificaciones introducidas por normas posteriores como el Decreto-ley 7/2021 y la Ley 8/2025 de Presupuestos para 2026.
Los gastos de Notaría y Registro dependerán del precio final de la compraventa, número de copias de la escritura, número de páginas de la escritura, complejidad, etc, en virtud de lo dispuesto en el Anexo I del Real Decreto 1426/1989, por el que se aprueba el arancel general de Notaría y el Anexo I del Real Decreto 1427/1989, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad.
En caso de necesidad de financiación bancaria para la compra, los gastos de la misma deberán ser obtenidos de la entidad bancaria que vaya a financiar la operación.
El comprador, en caso de que querer adquirir la vivienda a través de la agencia, deberá abonar a ésta unos honorarios que ascienden al 3 % del precio de la compraventa, con un mínimo de 3.000.-€, más IVA del 21%.
Se hace constar que la agencia efectúa una labor de intermediación y que las condiciones finales de la compraventa quedan sujetas a la aceptación expresa de la parte vendedora y a la ulterior formalización del contrato.