LOCAL COMERCIAL EN AVD. VIRGEN DE LA PALMA DE ALGECIRAS - ZONA SUBIDA CENTRO COMERCIAL - Algeciras
ALG2507
- 244m2Superficie
Descubre esta magnífica vivienda situada en una de las zonas más demandadas de San Fernando, Plaza del Rey, una ubicación privilegiada que te permitirá disfrutar de todos los servicios, comercios, transporte y zonas de ocio a pocos minutos de casa. Ubicado en una primera planta con ascensor, este piso destaca por su amplitud, con 88m2, luminosidad y excelente estado de conservación, encontrándose listo para entrar a vivir. La vivienda disponía originalmente de 3 dormitorios. Actualmente, uno de ellos se ha integrado para crear un amplio comedor independiente, aunque puede recuperarse fácilmente como tercer dormitorio según las necesidades del futuro propietario. Dispone además de un práctico vestidor, un baño completo, un gran salón muy luminoso gracias a su excelente distribución, un comedor independiente que aporta mayor comodidad para el día a día y una cocina independiente totalmente amueblada, equipada con calentador eléctrico. Si buscas una vivienda cómoda, funcional y con posibilidades de adaptación a tus necesidades, esta es una oportunidad que no puedes dejar escapar. •Lista para entrar a vivir. •Excelente ubicación en Plaza del Rey, San Fernando. Una vivienda perfecta tanto como residencia habitual como inversión, gracias a su excelente ubicación y a las múltiples posibilidades que ofrece. Solicita más información o concierta una visita. Estaremos encantados de ayudarte a descubrir tu próximo hogar. En cumplimiento de las obligaciones de información previstas Disp. final 3ª de la Ley 10/2025, de 28 de diciembre, de servicios de atención a la clientela y transparencia, así como en la normativa sectorial vigente, y RD 218/2005 de Inf. de la Junta de Andalucía, el precio indicado no incluye los gastos e impu • Impuestos: Para segundas transmisiones ITP (en Andalucía para segundas transmisiones el ITP actual con carácter general es del 7% pudiendo aplicarse tipos reducidos (6% o 3,5% en función de circunstancias personales del comprador u otras circunstancias previstas en la Ley). El impuesto se devengará sobre el superior de entre los siguientes valores: 1.- Precio declarado; 2.- Valor de referencia (según normativa aplicable); 3.- Valor de tasación del inmueble). Enlace oficial a la web de la junta de Andalucía: https://www.juntadeandalucia.es/organismos/economiahaciendayfondoseuropeos/areas/tributos-juego/tributos/paginas/impuestos-cedidos-transmisiones.html • Gastos de compraventa: notaría, registro y, en su caso, gestoría (desde 2.000€ orientativo, según operación): ◦ Gastos de Notaría: Los honorarios se calculan según arancel oficial (Anexo I del Real Decreto 1426/1989 de 17 de noviembre). Enlace oficial: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1989-28111 ◦ Gastos de Registro: Los honorarios se calculan según arancel oficial (Anexo I del Real Decreto 1427/1989). Enlace oficial: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1989-28112[amp;]p=20111117[amp;]tn=2 ◦ Gastos de Gestión en su caso (Gestoría): Los honorarios por la tramitación administrativa, liquidación de impuestos e inscripción registral ascienden de forma estimativa a [363 € aprox.] (IVA incluido), aunque depende de cada caso, y su dificultad. • Honorarios comprador (no incluidos): 3% + iva sobre el precio con un mínimo de 3.000€ + iva. Se informan y aceptan por escrito (hoja de encargo/servicios) antes de la visita y de cualquier gestión vinculada a la compra. • En caso de necesitar financiación para la operación, la obtención de la misma es ajena a la agencia inmobiliaria, y las condiciones y costes de la operación de financiación deberán ser solicitados a la entidad bancaria.
11100 San Fernando(Cadiz)
NOTA INFORMATIVA SOBRE LOS GASTOS E IMPUESTOS DE LOS PRECIOS EXPUESTOS EN ESTA WEB EN LAS OFERTAS DE INMUEBLES DE SEGUNDA MANO A LA VENTA
Salvo las operaciones de compra de viviendas de obra nueva que están sujetas al 10% de IVA, las de segunda mano están sujetas a ITP, cuyo tipo general es del 7% respecto al precio de venta, pero en casos especiales se puede ver reducido al 6% o 3,5% en virtud de lo dispuesto en la Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía junto con modificaciones introducidas por normas posteriores como el Decreto-ley 7/2021 y la Ley 8/2025 de Presupuestos para 2026.
Los gastos de Notaría y Registro dependerán del precio final de la compraventa, número de copias de la escritura, número de páginas de la escritura, complejidad, etc, en virtud de lo dispuesto en el Anexo I del Real Decreto 1426/1989, por el que se aprueba el arancel general de Notaría y el Anexo I del Real Decreto 1427/1989, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad.
En caso de necesidad de financiación bancaria para la compra, los gastos de la misma deberán ser obtenidos de la entidad bancaria que vaya a financiar la operación.
El comprador, en caso de que querer adquirir la vivienda a través de la agencia, deberá abonar a ésta unos honorarios que ascienden al 3 % del precio de la compraventa, con un mínimo de 3.000.-€, más IVA del 21%.
Se hace constar que la agencia efectúa una labor de intermediación y que las condiciones finales de la compraventa quedan sujetas a la aceptación expresa de la parte vendedora y a la ulterior formalización del contrato.