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Venta

🌟🏡 ¡Oportunidad ÚNICA en Zona Sur de Jerez! 🏡🌟 – Jerez de la Frontera

VI-V1639 | Jerez de la Frontera (Cadiz)

2 Dormitorios 1 Baños 75m2

120.000€

Descripción

Si llevas tiempo buscando una vivienda que lo tenga TODO… 👉 deja de buscar, porque acabas de encontrarla 😍 Vivienda en zona sur , te presento una vivienda pensada para disfrutar desde el primer día, sin obras, sin complicaciones… y con ese “algo especial” que engancha 💫 ✨ Distribución que marca la diferencia 🛏️ 3 dormitorios convertido en 2 💡 Más comodidad, más funcionalidad… y más valor añadido 🛋️ Salón-comedor amplio y luminoso Perfecto para tus reuniones, tus momentos de relax o ese sofá que nunca quieres abandonar 😌🍷 🛁 Baño completo Cómodo, práctico y listo para el día a día ✔️ 🍳 Cocina recién reformada 💥 Moderna, funcional y lista para estrenar 👉 Aquí no hay que invertir nada… solo disfrutarla 😎 🌿 Patio trasero Y aquí viene el flechazo ❤️ ☀️ Desayunos al sol 🧘 Momentos de desconexión 👉 Este espacio… es el que marca la diferencia REAL

Características
  • Casa
    Tipo de Propiedad
  • Venta
    Disponibilidad
  • 120.000€
    Precio
  • VI-V1639
    Referencia
  • 2
    Dormitorios
  • 1
    Baños
  • 0
    Aseos
  • Jerez de la Frontera
    Ciudad
  • San Telmo - Federico Mayo - El Porta
    Zona
  • 75m2
    Superficie
  • 75m2
    Construida
  • 69m2
    Útiles
  • PENDIENTE
    Certificado Energético
Características
  • Calificación Energética:
Localización

11408 Jerez de la Frontera(Cadiz)

Gastos e Impuestos

NOTA INFORMATIVA SOBRE LOS GASTOS E IMPUESTOS DE LOS PRECIOS EXPUESTOS EN ESTA WEB EN LAS OFERTAS DE INMUEBLES DE SEGUNDA MANO A LA VENTA

Salvo las operaciones de compra de viviendas de obra nueva que están sujetas al 10% de IVA, las de segunda mano están sujetas a ITP, cuyo tipo general es del 7% respecto al precio de venta, pero en casos especiales se puede ver reducido al 6% o 3,5% en virtud de lo dispuesto en la Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía junto con modificaciones introducidas por normas posteriores como el Decreto-ley 7/2021 y la Ley 8/2025 de Presupuestos para 2026.

Los gastos de Notaría y Registro dependerán del precio final de la compraventa, número de copias de la escritura, número de páginas de la escritura, complejidad, etc, en virtud de lo dispuesto en el Anexo I del Real Decreto 1426/1989, por el que se aprueba el arancel general de Notaría y el Anexo I del Real Decreto 1427/1989, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad.

En caso de necesidad de financiación bancaria para la compra, los gastos de la misma deberán ser obtenidos de la entidad bancaria que vaya a financiar la operación.

El comprador, en caso de que querer adquirir la vivienda a través de la agencia, deberá abonar a ésta unos honorarios que ascienden al 3 % del precio de la compraventa, con un mínimo de 3.000.-€, más IVA del 21%.

Se hace constar que la agencia efectúa una labor de intermediación y que las condiciones finales de la compraventa quedan sujetas a la aceptación expresa de la parte vendedora y a la ulterior formalización del contrato.

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