LOCAL COMERCIAL EN AVD. VIRGEN DE LA PALMA DE ALGECIRAS - ZONA SUBIDA CENTRO COMERCIAL - Algeciras
ALG2507
- 244m2Superficie
💼 OPERACIÓN EN CHICLANA: Margen excepcional con coste de entrada bajo mercado. Si buscas un activo de volumen controlado, riesgo mitigado y un split de salida flexible, este proyecto de rehabilitación en la Bahía de Cádiz es tu próxima firma. Entra en una operación con un coste de adquisición significativamente inferior al valor medio del suelo finalista en la zona, blindando tu Tasa Interna de Retorno (TIR) desde el día uno. 📐 EL PROYECTO EN CIFRAS: Capacidad: Configuración óptima y aprobada para 6 unidades independientes. Eficiencia: Rehabilitación integral. Menor tiempo de ejecución que obra nueva y costes optimizados. Seguridad: Documentación técnica, urbanística y registral lista para un proceso de Due Diligence inmediato. Escasez: Suelo disponible prácticamente inexistente en el centro neurálgico. 📈 TRES ESTRATEGIAS DE SALIDA (Máxima Liquidez)La estructura del activo te permite pivotar el modelo de negocio según tus objetivos de tesorería: Venta Individualizada (Flip Inmobiliario): Alta liquidez y rotación de capital al vender las 6 unidades tras la finalización de la obra. Explotación Turística (Yield Vacacional): Posicionamiento premium en un mercado turístico con demanda masiva y rentabilidades de doble dígito. Renta Residencial: Alquiler tradicional o flexible (coliving). Riesgo de vacante cero por la escasez crítica de oferta local.📍 LOCALIZACIÓN DE ALTA DEMANDA: Plusvalía por desarrollo. Ubicación estratégica junto al Río Iro, en pleno centro comercial e histórico de Chiclana de la Frontera. Revalorización Pasiva: Zona integrada en los planes municipales de revitalización histórica. Tracción de Mercado: Entorno consolidado que absorbe la demanda residencial de la costa de Cádiz. 📞 Contacto Comercial e Información Técnico-Financiera: Para solicitar información completa del inmueble, planos del proyecto o coordinar una visita técnica. Si tienes dudas acerca dela compraventa , llámanos ; estaremos encantados de asesorarle ! Algunas fotografías de este anuncio han sido mejoradas o recreadas digitalmente para mostrar posibles resultados de rehabilitación, reforma o decoración. Dichas imágenes tienen carácter meramente orientativo y no constituyen una representación exacta del estado actual del inmueble, que podrá comprobarse mediante visita presencial. Comercializamos este inmueble en exclusiva para garantizarte toda la información necesaria junto a un servicio excepcional. En cumplimiento del Decreto Junta Andalucía 218/2005 del 11 Octubre, informamos al cliente que los gastos notariales e impuestos no están incluidos en el precio € . Igualmente disponemos de un Seguro de Caución para garantizar las cantidades entregadas a nuestra Agencia en concepto de Reserva y/o Arras. Impuestos y gastos de la compraventa: El comprador puede consultar de forma oficial los impuestos aplicables (ITP, AJD, etc.) en la web de la Junta de Andalucía: https://www.juntadeandalucia.es/organismos/economiahaciendayfondoseuropeos/areas/tributos-juego/tributos/paginas/impuestos-cedidos-transmisiones.html Si tiene cualquier duda sobre los gastos de la compraventa, llámenos y estaremos encantados de asesorarle de forma clara y personalizada.
11130 Chiclana de la Frontera(Cadiz)
NOTA INFORMATIVA SOBRE LOS GASTOS E IMPUESTOS DE LOS PRECIOS EXPUESTOS EN ESTA WEB EN LAS OFERTAS DE INMUEBLES DE SEGUNDA MANO A LA VENTA
Salvo las operaciones de compra de viviendas de obra nueva que están sujetas al 10% de IVA, las de segunda mano están sujetas a ITP, cuyo tipo general es del 7% respecto al precio de venta, pero en casos especiales se puede ver reducido al 6% o 3,5% en virtud de lo dispuesto en la Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía junto con modificaciones introducidas por normas posteriores como el Decreto-ley 7/2021 y la Ley 8/2025 de Presupuestos para 2026.
Los gastos de Notaría y Registro dependerán del precio final de la compraventa, número de copias de la escritura, número de páginas de la escritura, complejidad, etc, en virtud de lo dispuesto en el Anexo I del Real Decreto 1426/1989, por el que se aprueba el arancel general de Notaría y el Anexo I del Real Decreto 1427/1989, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad.
En caso de necesidad de financiación bancaria para la compra, los gastos de la misma deberán ser obtenidos de la entidad bancaria que vaya a financiar la operación.
El comprador, en caso de que querer adquirir la vivienda a través de la agencia, deberá abonar a ésta unos honorarios que ascienden al 3 % del precio de la compraventa, con un mínimo de 3.000.-€, más IVA del 21%.
Se hace constar que la agencia efectúa una labor de intermediación y que las condiciones finales de la compraventa quedan sujetas a la aceptación expresa de la parte vendedora y a la ulterior formalización del contrato.